Preguntas frecuentes sobre los beneficios del seguro de desempleo
Muchas de sus preguntas pueden responderse consultando el Manual para trabajadores desempleados.
Información general
P. ¿Qué son los beneficios del seguro de desempleo?
R. Los beneficios por desempleo reemplazan parcialmente sus ingresos regulares y le ayudan a cubrir sus gastos mientras busca otro trabajo. No se basan en las necesidades económicas. Mientras recibe los beneficios, su responsabilidad es regresar al trabajo lo antes posible.
P. ¿Cómo solicito los beneficios?
R. Solicite beneficios en línea en cualquier momento o llame al centro de reclamos.
También puede solicitar beneficios por teléfono.
La línea telefónica del centro de reclamos es 800-318-6022. Para obtener información de contacto y horarios actualizados del centro de reclamos, visite: https://esd.wa.gov/espanol/unemployed-contact.
(Las personas con impedimentos auditivos o del habla pueden llamar al Servicio de retransmisión de Washington al 711).
Solicitar en línea es mucho más rápido. Si llama, esté preparado para tiempos de espera largos.
Nota: Solicitar beneficios por desempleo más adelante en la semana no retrasará los pagos de beneficios.
P. ¿Por cuánto tiempo puedo recibir los beneficios?
R. Su reclamo es válido por un "año de beneficios", que es de 52 semanas, empezando con la semana en que presenta su solicitud. No puede presentar un nuevo reclamo en Washington hasta que termine su año de beneficios, aunque haya recibido todos sus beneficios. La mayoría de los reclamos reciben entre 13 y 26 semanas de beneficios.
P. ¿De cuánto será mi pago semanal?
R. Se tienen en cuenta varias cosas para determinar la cantidad de su cheque semanal. Vea la página Calcule su beneficio para obtener más información.
P. ¿Pueden depositar mis beneficios directamente en mi cuenta bancaria?
R. Sí. Si solicita un reclamo nuevo en línea, se le ofrecerá la opción de depósito directo. Si ya está reclamando beneficios, o si vuelve a abrir un reclamo anterior, puede registrarse en línea (en inglés).
P. ¿Cómo dejo de reclamar los beneficios del seguro de desempleo? ¿Debo avisarles que regresé a trabajar?
R. No es necesario que nos diga que ha regresado a trabajar. La manera de dejar de reclamar los beneficios es simple: solo deje de presentar sus reclamos semanales.
Puede dejar de reclamar en cualquier momento durante su año de beneficios y volver a reclamar el saldo de sus beneficios hasta que finalice su año de beneficios si cumple con todos los requisitos de elegibilidad.
Sin embargo, si deja de reclamar, incluso por una semana, su reclamo se vuelve inactivo y debe reactivar su reclamo durante la primera semana en que sea elegible y quiera empezar a reclamar nuevamente.
Si su oficina de WorkSource solicita información sobre su regreso al trabajo, por favor respóndales.
P. ¿Puedo reclamar beneficios semanales si me mudo fuera del estado de Washington?
R. Sí. Si actualmente presenta reclamos semanales en Washington, presente un cambio de dirección después de mudarse. Puedes hacerlo:
- En línea; o
- Llamando al 800-318-6022. Para obtener información de contacto y horarios actualizados del centro de reclamos, visite: https://esd.wa.gov/espanol/unemployed-contact
Continúe presentando sus reclamos semanales como lo hace ahora. Aunque viva en un estado diferente, el estado de Washington seguirá pagándole beneficios.
Debe registrarse para trabajar en su área local. Conéctese en línea para encontrar su centro de empleo local.
P. ¿Cómo presento un reclamo si me he mudado o me voy a mudar fuera del estado de Washington?
R. Si trabajó en el estado de Washington, puede optar por presentar la solicitud en línea o llamando al centro de reclamos. Puede hacer esto antes o después de mudarse.
Si trabajó en Washington y en otro(s) estado(s) en los últimos dos años, podría obtener más dinero si solicita beneficios combinando los salarios que ganó en Washington con los salarios de otro(s) estado(s).
Debe tener salarios en Washington para poder presentar un reclamo de salario combinado en Washington.
Si recibe beneficios por desempleo de Washington, debe registrarse para trabajar en el nuevo estado. Vaya en línea para encontrar el centro de empleo local más cercano o consulte las páginas gubernamentales de su directorio telefónico local.
Después de que se mude, presente un cambio de dirección.
Si tiene preguntas específicas, llame al centro de reclamos.
P. ¿Cómo presento un reclamo si no trabajé en el estado de Washington?
R. No puede presentar un reclamo por desempleo del estado de Washington si no trabajó en Washington durante el año base. Las únicas excepciones a esta regla son si estuvo en el ejército o trabajó para el gobierno federal.
Para presentar un reclamo por desempleo, debe presentar su reclamo en uno de los estados en los que trabajó en los últimos dos años. Comuníquese con cada estado donde trabajó para saber sobre sus opciones de reclamo para esos estados.
P. ¿Dónde puedo obtener un manual para trabajadores desempleados (por ejemplo, un manual de beneficios por desempleo)?
R. Para ahorrar dinero, ya no enviamos el manual por correo a todos los que solicitan beneficios. Puede leer o descargar el manual de nuestro sitio web. Si necesita una copia impresa, puede recoger una en su oficina local de WorkSource o comunicarse con el centro de reclamos por desempleo y hablar con un representante de reclamos al 800-318-6022. Para obtener información de contacto y horarios actualizados del centro de reclamos, visite: https://esd.wa.gov/espanol/unemployed-contact.
Continúe presentando sus reclamos semanales como lo hace ahora. Aunque viva en otro estado, el estado de Washington seguirá pagándole beneficios. Debe registrarse para trabajar en su área local. Conéctese en línea para encontrar su centro de empleo local.
P. ¿Qué es un número de identificación de cliente?
R. Para ayudar a reducir el robo de identidad, eliminamos su Número de Seguro Social (Social Security number, SSN) de la mayoría de los documentos de desempleo que le enviamos. Reemplazamos su SSN con un número de identificación de cliente (customer identification number, ID). Aún debe usar su SSN cuando llame al centro de reclamos, se registre en eServices o cuando use nuestra línea de reclamos automatizada.
P. ¿Cómo presento una apelación sobre mis beneficios por desempleo?
R. Su apelación debe estar por escrito y con sello postal o enviarse por fax a la dirección o al número de fax que se encuentra en la decisión por escrito dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que se la enviamos por correo. Obtenga más información sobre las apelaciones de beneficios por desempleo.
Requisitos de elegibilidad
P. ¿Tengo que aceptar cualquier trabajo que me ofrezcan?
R. No, no tiene que buscar ni aceptar un trabajo que no sea adecuado. El trabajo no es adecuado si:
- El trabajo no concuerda con su formación y experiencia. (Después de un período de tiempo, cualquier trabajo para el que esté calificado puede convertirse en un trabajo adecuado).
- Debe afiliarse o renunciar a un sindicato.
- Las horas o las condiciones de trabajo no son tan favorables como la mayoría de los otros trabajos de su ocupación en su área.
- El trabajo está más lejos que la distancia de viaje normal para las personas de su ocupación en su área.
- Los salarios que se ofrecen son más bajos que los salarios comunes para esa ocupación en su área.
- El trabajo es excesivamente peligroso.
- No puede hacer el trabajo físicamente.
- El trabajo ofendería sus creencias religiosas o conciencia moral.
P. No trabajé la semana pasada. ¿Puedo retroceder la fecha mi reclamo?
R. Puede retroceder la fecha de su reclamo una semana antes cuando solicite los beneficios en línea. Si solicita una fecha anterior de su reclamo por más de una semana, le pediremos que proporcione información adicional.
P. ¿Puedo ser voluntario mientras busco trabajo y recibo beneficios por desempleo?
R. Sí, ser voluntario no afectará sus beneficios por desempleo mientras cumpla con los requisitos regulares de búsqueda de trabajo y disponibilidad. Puede hacer una diferencia positiva en su vida y en su comunidad al ofrecer su tiempo y habilidades para ayudar a otros. El trabajo voluntario crea experiencia para su currículum y amplía su lista de contratos de empleo comunitarios. Incluso puede verse como un reflejo positivo de sus valores personales.
Los conjuntos de habilidades que usa y aprende en el trabajo voluntario podrían convertirse en una oferta de trabajo o un cambio de carrera en el futuro. El voluntariado no afectará sus beneficios por desempleo mientras cumpla con los requisitos regulares de búsqueda de trabajo y disponibilidad. Para obtener más información sobre el voluntariado, visite www.volunteerwashington.org o www.serve.gov.
Ingresos
P. ¿Qué hago si no reporté mis ingresos o si los reporté incorrectamente?
R. Llame al centro de reclamos para obtener ayuda lo antes posible.
P. ¿Puedo cobrar beneficios por desempleo si trabajo a tiempo parcial?
R. Sí. Si trabaja a tiempo parcial, reducimos sus beneficios utilizando la tabla de deducción de ingresos (en inglés) (ingresos brutos menos $5 por 75 por ciento).
Aún debe cumplir con los requisitos de búsqueda de trabajo mientras trabaja a tiempo parcial.
Si no trabajó más de 17 horas en cualquier semana en su período base, es posible que deba buscar solo trabajo a tiempo parcial.
Trabajar a tiempo parcial generalmente extiende la cantidad de semanas que puede recibir beneficios. Los ingresos adicionales también pueden ayudarle a calificar para un nuevo reclamo cuando termine su año de beneficios.
P. ¿Cuándo reporto mis vacaciones o pago de vacaciones?
R. Reporte el pago de vacaciones cuando reclame la semana en la que ocurrió. No espere hasta que le paguen las vacaciones para reportarlo.
Si su pago de vacaciones se acumuló y no hay fechas específicas adjuntas, no necesita reportarlo. Sin embargo, si el pago de sus vacaciones fue para días específicos, es deducible y debe reportarlo. Asegúrese de reportarlo para la(s) semana(s) en que ocurrieron los días de vacaciones.
Si tiene dudas o preguntas, llame al centro de reclamos para obtener ayuda.
P. ¿Cómo afectan mis beneficios la indemnización por despido, el pago en lugar de aviso o el pago de continuación?
R. Las indemnizaciones por despido normalmente no afectan sus beneficios por desempleo. Sin embargo, el pago en lugar de aviso o el pago de continuación con todos los beneficios garantizados pueden afectar sus beneficios. Reporte cualquier pago relacionado con la separación que reciba o tenga derecho a recibir al centro de reclamos.
Los pagos se consideran indemnización por despido cuando:
- Los pagos no se asignan a ningún período posterior a la fecha de separación de su empleador.
- No está de guardia ni está obligado de ninguna manera a estar disponible para su empleador para recibir estos beneficios.
- Sus beneficios adicionales no continúan acumulándose (vacaciones, jubilación, enfermedad, etc.).
- Acepta un nuevo trabajo y no afecta su indemnización por despido.
Solicitud por internet
P. ¿Por qué la razón de la separación de mi trabajo no está en la lista desplegable de la solicitud de Internet?
R. Usted tiene un número limitado de opciones para decirnos por qué ya no tiene trabajo. Elija la que mejor describa su situación. Cuando seleccione una razón, puede ser que se le pida que proporcione más detalles. Si no puede encontrar una descripción que describa mejor su situación, es posible que quiera llamar al centro de reclamos para solicitar beneficios por desempleo.
Ejemplos:
Situation | Escoja |
Le dije a mi empleador "renuncio". | Renunciar |
Mi empleador no tiene trabajo disponible, mi trabajo se eliminó o el negocio cerró. | Despido por falta de trabajo |
Estoy desempleado debido a un cierre patronal o una huelga (no una discusión entre mi empleador y yo). | Huelga o cierre patronal |
Yo (o mi empleador) solicité un permiso de ausencia. Tengo trabajo garantizado al final de mi permiso. | Permiso de ausencia |
Mis horas se redujeron a menos de las horas normales de tiempo completo con mi empleador regular. Tendré salarios que reportar cada semana. | Trabajando actualmente a tiempo parcial |
IRS
P. ¿Mis beneficios por desempleo están sujetos a impuestos?
R. Sí. La ley de impuestos del Servicio Federal de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS) no nos exige que retengamos impuestos de sus beneficios semanales por desempleo. Sin embargo, puede elegir que se deduzca el 10 por ciento de sus beneficios semanales para impuestos. Puede evitar una factura de impuestos grande si elige que los impuestos se retengan de sus beneficios.
No podemos reembolsar ningún dinero que retengamos para fines de impuestos. Si le pagamos de más y el pago incluye una deducción del IRS, tendrá que reembolsar los beneficios que recibió, junto con la cantidad que retuvimos y enviamos al IRS.
Puede detener y reiniciar la deducción de impuestos de sus beneficios semanales en cualquier momento desde su cuenta de eServices o llamando al centro de reclamos. Sin embargo, solo el IRS puede reembolsar sus retenciones por impuestos y solo si califica para un reembolso en su declaración anual de impuestos federales.
P. ¿Qué hay en mi formulario 1099-G - Declaración para los beneficiarios de pagos de compensación por desempleo?
R. La cantidad que se muestra en el formulario 1099-G incluye todos los beneficios que se le pagaron durante el año fiscal anterior. El total también incluye los beneficios que puede haber reembolsado debido a un sobrepago. Si reembolsó los beneficios, no incluya la cantidad reembolsada en el total que declara al IRS en su declaración de impuestos. Sin embargo, debe realizar este ajuste cuando presente su declaración de impuestos.
En enero, enviamos una copia por correo a cada persona a la que se le pagamos beneficios por desempleo durante el año calendario anterior.
Acceda a la información en línea.
Llame para obtener información automatizada por teléfono.
También se encuentra disponible la información adicional sobre el 1099-G.
Despidos, cierres patronales y disputas laborales
P. Tendré un día de “ausencia obligatoria" al mes sin paga durante el próximo año. ¿Soy elegible para los beneficios por desempleo durante los días que estoy libre?
R. Los beneficios por desempleo se determinan semanalmente. Como regla general, las personas que normalmente trabajan a tiempo completo cuyas horas de trabajo se reducen en un día laboral a la semana no serán elegibles para los beneficios; todavía ganan mucho en esa semana para ser elegibles.
Calcule la cantidad de su beneficio por desempleo semanal, luego use la tabla de deducción de ganancias (en inglés) para ver si la reducción de un día en su salario bruto lo hace elegible para recibir algún beneficio.
Decidimos si es elegible caso por caso. Cualquiera tiene derecho a presentar una solicitud de beneficios y reclamar beneficios semanales (en inglés). Cuando tenemos toda la información, determinamos la elegibilidad.
P. Soy empleado de un parque estatal. Me cambiaron de un empleo de tiempo completo a un trabajo de verano solamente. ¿Soy elegible para recibir beneficios por desempleo?
R. Puede ser elegible para recibir beneficios por desempleo mientras no esté trabajando. Debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad, incluyendo la búsqueda de un nuevo trabajo mientras no está trabajando.
Los trabajadores de temporada no son elegibles para los beneficios de Listo y en Espera (en inglés).
P. ¿Soy elegible para recibir beneficios por desempleo si me quedo sin trabajo debido a una huelga o disputa laboral?
R. Depende de las circunstancias. Para obtener más información sobre conflictos laborales, consulte nuestra sección de Huelgas y conflictos laborales (en inglés).
P. ¿Qué puedo hacer si mi empleador está planeando despidos?
R. Su empleador puede calificar para el Programa de SharedWork.
Preguntas
P. Si todavía tengo preguntas, ¿qué debo hacer?
R. Utilice el formulario seguro en línea o llámenos al 800-318-6022. Para obtener información de contacto y horarios actualizados del centro de reclamos, visite: https://esd.wa.gov/espanol/unemployed-contact.