Procesos judiciales y audiencias de apelación

Después de que usted u otra persona apele nuestra decisión sobre sus beneficios, es posible que haya una audiencia o un proceso judicial para su caso. Obtenga información sobre cómo prepararse y qué esperar.

Cuando su apelación requiere una audiencia o un proceso judicial

Puede apelar una decisión con la que no está de acuerdo. Si brinda información nueva en su solicitud de apelación, revisaremos su caso para determinar si podemos cambiar la decisión.

Si no podemos cambiar una decisión sobre sus beneficios, el siguiente paso es la audiencia o el proceso judicial. Enviaremos su apelación a la Office of Administrative Hearings (Oficina de Audiencias Administrativas, OAH) para comenzar este proceso.

Acerca de la Office of Administrative Hearings (Oficina de Audiencias Administrativas, OAH)

La OAH es una agencia estatal independiente que lleva a cabo audiencias y procesos judiciales para las apelaciones. Después de que les enviemos la apelación, los miembros del personal se comunicarán con usted por correo electrónico o postal. Si sus detalles de contacto cambian, bríndenos la nueva información a nosotros y a la OAH.

Puede obtener más información en el Portal para participantes de la OAH, en la sección 'Manage My Case' (Administrar mi caso).

De qué manera la OAH administra las apelaciones

La OAH asignará un juez a su caso. Luego, decidirá si revisar su apelación a través de un breve proceso judicial resolutorio o una audiencia telefónica. Obtenga más información sobre cada una de estas opciones a continuación.

Procesos judiciales resolutorios

Si la OAH puede administrar su apelación con rapidez, la revisará en un breve proceso judicial resolutorio. Le enviará un aviso y le permitirá presentar más información.

El juez revisará su caso y, luego, tomará una decisión. Subirá la decisión al Portal para participantes de la OAH y le enviará una copia por correo postal.

Obtenga más información sobre los breves procesos judiciales resolutorios en el sitio web de la OAH.

Audiencias telefónicas

Si la OAH no puede administrar su apelación con rapidez, hará lo siguiente:

  • Programar una audiencia telefónica.
  • Enviarle un 'Aviso de audiencia' con la fecha, la hora y las instrucciones de la audiencia.
  • Enviarles copias de su expediente a usted, a sus testigos y a cualquier empleador interesado.

Después de recibir el Aviso de audiencia, puede utilizar el Portal para participantes de la OAH para hacer un seguimiento de su apelación.

Si no obtuvo un Aviso de audiencia, pero considera que la OAH recibió su apelación, llame a la OAH al 800-366-0955.

Cómo prepararse para una audiencia

Antes de su audiencia, es posible que quiera realizar las siguientes acciones.

Asegurarse de que su domicilio esté actualizado

Si su domicilio cambia antes de su audiencia de apelación, bríndenos la información actualizada a nosotros y a la OAH. La OAH puede denegar su apelación si no asistió a su audiencia porque no actualizó su domicilio.

Brindarnos información adicional

Mientras espera su audiencia o proceso judicial, puede brindar información adicional que nos ayude a cambiar nuestra decisión. Podemos cambiar nuestra decisión hasta 48 horas antes de su audiencia. Esta puede ser una manera más rápida de resolver su problema.

Obtener ayuda legal sin cargo

Puede contratar a un abogado. Si no puede costear un abogado, es posible que pueda obtener ayuda legal sin cargo o de bajo costo en estos lugares:

Qué esperar en su audiencia

Durante su audiencia, es posible que deba hacer lo siguiente:

  • Dar su testimonio bajo juramento.
  • Interrogar a los testigos.
  • Presentar pruebas o testimonios que respalden su caso.
  • Mostrar su búsqueda de trabajo.

Si no asiste a la audiencia, el juez puede dictaminar sentencia en su contra.

Qué ocurre después de la audiencia

La OAH tomará una decisión con base en las pruebas y los testimonios de la audiencia. Nos la enviará en un plazo de 5 días a partir de la fecha de la audiencia. Por lo general, actualizamos su reclamo en un plazo de 2 semanas desde la recepción de su decisión.

Si el juez dictamina sentencia a su favor

Si apeló una denegación de beneficios, le pagaremos por las semanas que le denegamos. Asegúrese de que su información de pago esté actualizada.

Si le denegamos los beneficios por varios motivos que afectan las mismas semanas, no se le pagará por esas semanas. Deberá apelar todas las denegaciones para esas semanas.

Si decidimos que recibió un sobrepago, invalidaremos esa decisión. No tendrá que devolver los beneficios que recibió.

Puede solicitar otra apelación si no está de acuerdo con la decisión. La decisión incluye instrucciones sobre cómo apelar.

Si el juez dictamina sentencia en su contra

Si no está de acuerdo con la decisión del juez, puede presentar una petición de revisión ante la Commissioner's Review Office (Oficina de Revisión del Comisionado). La decisión, también denominada 'orden inicial', incluye instrucciones sobre cómo presentar una petición.