Cuándo se aplica la Ley WARN
La Ley WARN se aplica en algunas situaciones cuando un empleador cierra un lugar de trabajo, realiza un despido masivo por falta de trabajo o incluso reduce las horas de trabajo. Sin embargo, no todos los cierres, despidos por falta de trabajo o reducciones de horas cumplen los criterios.
Cierres
Se aplica si un empleador cierra una instalación o unidad operativa. El cierre debe afectar a 50 o más empleados a tiempo completo en un mismo lugar de trabajo. Se aplican cierres permanentes o temporales.
Despidos masivos por falta de trabajo
Se aplica cuando un empleador realiza un despido masivo por falta de trabajo. Aplica incluso si los despidos son temporales si duran más de 6 meses.
Un despido masivo por falta de trabajo es cuando se despide a:
- 500 o más empleados a tiempo completo durante un período de 30 días.
- 50 o más empleados a tiempo completo cuando el despido afecta al 33% de la fuerza laboral activa en un solo lugar de trabajo.
Reducción de horas
Se aplica cuando un empleador reduce las horas de 50 o más trabajadores en un 50% o más por cada mes en un período de 6 meses.
Cómo informar un despido por falta de trabajo
Las empresas deben proporcionarnos un aviso por escrito a nosotros y al principal funcionario electo de la comunidad donde se producirá el despido por falta de trabajo o el cierre.
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Escriba una carta en papel membretado de la empresa que incluya lo siguiente:
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Información de contacto:
- Nombre de la empresa.
- Domicilios físicos y postales del lugar en el que se produce el despido por falta de trabajo o el cierre.
- Nombre y número de teléfono del representante de la empresa para brindar servicios de respuesta rápida (preferiblemente local).
Información del despido por falta de trabajo:
- Si se trata de un despido por falta de trabajo o un cierre.
- Si es temporal o permanente.
- Fecha prevista para el despido por falta de trabajo y cronograma de futuras reducciones de empleo.
- Si el despido es por una reubicación.
- Si el despido es por la reducción de las operaciones o de puestos de trabajo del empleador.
Información sobre los empleados afectados:
- Cantidad total de empleados a los que afecta este aviso.
- Títulos de los puestos de trabajo y cantidad de empleados afectados en cada categoría laboral.
- Si un sindicato representa a los empleados afectados.
- En caso afirmativo, nombre de cada sindicato o representante de los empleados, y nombre y domicilio del principal funcionario electo de cada sindicato.
- Declaración de los derechos de antigüedad, si corresponde.
- Firma del funcionario de la empresa, incluido nombre y cargo.
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Envíe la carta por correo electrónico a nuestra Grants Management Office (Oficina de Gestión de Subvenciones).
Envíenos una copia de la carta por correo electrónico a ESDGPWorkforceInitiatives@ESD.WA.GOV. Incluya la palabra "WARN" en la línea de asunto.
Si necesita enviar la carta por correo postal, envíela a:Employment Security Department
Grants Management Office
Attention: WARN Team
P.O. Box 9046
Olympia, WA 98507-9046Nos comunicaremos con el representante de la empresa que figura en la lista para confirmar que recibimos la notificación y proporcionar esta información al equipo de respuesta rápida local.
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Envíe la carta al principal funcionario electo de la comunidad donde se producirá el despido por falta de trabajo o el cierre.
El principal funcionario electo de una comunidad puede variar según la ubicación. Podría ser un alcalde, un líder del consejo o del condado u otra persona. La empresa determina quién es ese contacto.
Sanciones
Una empresa que no cumpla con la ley deberá pagar hasta $500 por cada día de infracción. Esto ocurre si el empleador no cumple con lo siguiente:
- Notificar a los trabajadores 60 días antes de un cierre, despido masivo por falta de trabajo o reducción de horas.
- Pagar a los empleados los salarios atrasados y el costo de los beneficios a los que tenían derecho por cada día de infracción.
Las empresas deben realizar estos pagos dentro de las 3 semanas después de la orden de cierre, despido masivo por falta de trabajo o reducción de horas.
Información adicional sobre el despido masivo por falta de trabajo
- Visite la página de asistencia sobre normas del U.S. Department of Labor (Departamento de Trabajo de EE. UU.) para obtener más información.
- Utilice el asistente del asesor de WARN del U.S. Department of Labor (Departamento de Trabajo de EE. UU.) para determinar si se requiere notificación.
- Visite la página de respuesta rápida del U.S. Department of Labor (Departamento de Trabajo de EE. UU.) para obtener más información relacionada con los despidos por falta de trabajo.
- Consulte la base de datos de despidos por falta de trabajo y cierres de WARN para ver una lista de empleadores de Washington que anunciaron despidos por falta de trabajo o cierres.