Estado actual del programa Disaster Unemployment Assistance (Ayuda al Desempleo por Catástrofe)
El programa Disaster Unemployment Assistance (Ayuda al Desempleo por Catástrofe, DUA) no está disponible en el estado de Washington en este momento.
Acerca del programa Disaster Unemployment Assistance (Ayuda al Desempleo por Catástrofe)
Disaster Unemployment Assistance (Ayuda al Desempleo por Catástrofe, DUA) es un programa federal. Proporciona ayuda económica en los siguientes casos:
- Si pierde o experimenta interrupciones en el empleo o trabajo por cuenta propia debido a una catástrofe de gran magnitud.
Y - Si no califica para recibir el seguro de desempleo regular.
Puede reclamar la DUA solo si la catástrofe de gran magnitud fue la causa directa por la que usted quedó desempleado.
Cuando está disponible la DUA
La DUA a veces está disponible después de catástrofes de gran magnitud.
- Catástrofes naturales, como huracanes, tornados, terremotos, tormentas de nieve e inundaciones.
- Otros tipos de catástrofes, como una explosión o una fuga de gas natural.
Si el presidente de los Estados Unidos. declara que la DUA está disponible, publicaremos un anuncio y actualizaremos esta página web.
El período de asistencia en caso de catástrofe
Comienza la semana siguiente a la fecha en que la presidencia declara una catástrofe de gran magnitud. Este período es cuando podemos pagar los beneficios de la DUA. Los beneficios suelen durar hasta el final de la semana 26.
El período de presentación de solicitudes
En general, 30 días a partir de la fecha del anuncio de la DUA. Este período es cuando puede solicitar la DUA.
Cómo solicitar la DUA
Siga los pasos que se indican a continuación para solicitar beneficios federales después de una catástrofe de gran magnitud.
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Lea el anuncio de la DUA.
Cuando el estado de Washington sufra una catástrofe, anunciaremos si la DUA está disponible. El anuncio incluirá información sobre cómo presentar la solicitud.
Si tiene una discapacidad y necesita ayuda para presentar una solicitud, lea la información sobre servicios de adaptación razonables.
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Consulte si califica para recibir la DUA
Para acceder a la DUA, debe haber tenido al menos una semana de desempleo después de la fecha de la catástrofe de gran magnitud. Puede reclamar la DUA solo por las semanas en las que la catástrofe interrumpió su principal fuente de ingresos. También debe cumplir estos requisitos:
Requisito 1: motivo del desempleo
Debe estar desempleado por al menos uno de estos motivos:
- Su empresa o la empresa de su empleador cerró debido a una catástrofe.
- No pudo llegar a su empresa o a la empresa de su empleador debido a una catástrofe.
- Estaba previsto que usted iniciara un trabajo o trabajara por cuenta propia. Debido a la catástrofe, la obra ya no existe o no logró acceder a ella.
- Se convirtió e en el principal sostén de un hogar. El anterior jefe de familia falleció a causa de la catástrofe.
- No pudo trabajar en un empleo o por cuenta propia debido a una lesión causada por la catástrofe.
Requisito 2: elegibilidad
Debe cumplir con todos estos requisitos de elegibilidad:
- Tiene permiso legal para trabajar en los Estados Unidos.
- No tiene derecho a los beneficios regulares por desempleo en ningún estado. Tampoco tiene derecho a través de la Railroad Retirement Board (Junta de Jubilación de Empleados Ferroviarios).
- Su ingreso principal provenía de un empleo o trabajo por cuenta propia afectado por la catástrofe.
- Usted solicitó la DUA dentro del período de solicitud. Si presenta su solicitud tarde, pero antes de que finalice el período de asistencia por catástrofe, deberá demostrar que tenía un buen motivo para presentar su solicitud fuera de la fecha prevista.
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Reúna los documentos requeridos.
Proporcione prueba de empleo e ingresos dentro de los 21 días posteriores a la solicitud. Si no cumple con la fecha límite, pero proporciona estos documentos antes de que finalice el período de asistencia por catástrofe, tomaremos una nueva decisión sobre su elegibilidad y la cantidad de su beneficio semanal.
Si recibe beneficios de la DUA a los que no tiene derecho, deberá devolverlos. No podemos condonar este sobrepago.
Comprobante de empleo
Proporcione un comprobante de uno de estos:
No podemos aprobar sus beneficios de la DUA si no nos presenta un comprobante antes de la fecha límite. Además, tendrá que devolver los beneficios que recibió.
- Estaba empleado durante la catástrofe.
- Era trabajador por cuenta propia durante la catástrofe.
- Estaba a punto de comenzar un trabajo en la fecha de la catástrofe o después de esa fecha.
Comprobante de ingresos
Proporcione un comprobante de sus ingresos del año fiscal más reciente completado, como lo siguiente:
No es necesario que proporcione estos documentos si no trabajó durante el último año fiscal completado.
Proporcione estos documentos del ex jefe de familia si falleció en la catástrofe y usted se convirtió en el principal sostén económico del hogar.
- Una declaración de impuestos sobre los ingresos.
- Extractos bancarios.
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Presentación de la solicitud y los documentos
Solicite la DUA dentro de los 30 días posteriores al anuncio. En el anuncio de la DUA se explicará cómo presentar la solicitud.
Después de que presente su solicitud
Le avisaremos por correo cuando aprobemos o deneguemos su solicitud. También le diremos cuánto recibirá cada semana si es elegible para la DUA. Podría llevarnos algunas semanas determinar si usted es elegible.
Información para comprender la cantidad de su beneficio semanal
Si trabajó para empresas, sus beneficios semanales de la DUA se basan en cuánto gana antes de los impuestos. Si trabajó por cuenta propia, sus beneficios semanales de la DUA se basan en cuánto gana después de los impuestos.
Si usted se convirtió en el principal sostén económico de un hogar debido a que el ex jefe de familia falleció en la catástrofe, calculamos lo que ellos y usted recibirían por beneficios de la DUA. Recibirá la cantidad mayor.
Cómo calculamos sus beneficios
Calculamos sus beneficios en función del sueldo que ganó y las horas que trabajó durante su año base de la DUA. Su año base de la DUA es el año fiscal más reciente completado en el momento en que quedó desempleado debido a la catástrofe.
Presentación de reclamos semanales
Siga las instrucciones que le brindamos para presentar reclamos semanales de beneficios de la DUA.
- Solo podremos pagarle por las semanas que usted reclame.
- Presente reclamos semanales incluso si está esperando saber si califica para recibir los beneficios de la DUA.
- Le solicitaremos más información si presenta un reclamo semanal tarde.
Pago de impuestos sobre sus beneficios de la DUA
Debe pagar el impuesto sobre los ingresos sobre los beneficios de la DUA. Puede optar por que se deduzcan las retenciones federales de sus pagos de la DUA. Recibirá el Formulario 1099-G a principios del próximo año para presentarlo junto con sus impuestos.
Dejar de recibir los beneficios de la DUA
Podemos detener sus beneficios de la DUA si ocurre alguna de estas situaciones:
- Consigue un empleo o trabajo por cuenta propia y gana más que la cantidad de beneficio semanal permitido por la ley estatal.
- Rechaza una oferta de trabajo que consideramos adecuada sin una causa justificada.
- Rechaza el trabajo por cuenta propia sin una causa justificada.
- Rechaza una remisión para un empleo adecuado o trabajo por cuenta propia sin una causa justificada.
- No puede trabajar o no está disponible para trabajar. Excepción: no puede trabajar debido a una lesión causada por la catástrofe.
- No está buscando trabajo. Excepción: está intentando seguir trabajando por cuenta propia.
- Ya no está desempleado a causa de la catástrofe.
- Es un trabajador por temporada y normalmente no trabajaría durante la temporada actual.
- No proporciona comprobante de empleo dentro de los 21 días posteriores a la solicitud de la DUA.
- Miente o no proporciona información a sabiendas en la solicitud de la DUA o en su reclamo semanal.