Nuestro proceso de reglamentación

Las agencias estatales utilizan la reglamentación para aclarar, aplicar o hacer cumplir la ley estatal. Animamos a los miembros del público a participar en nuestro proceso de reglamentación.

Cuando la Legislatura del estado de Washington aprueba un proyecto de ley y el gobernador lo convierte en ley, este se convierte en ley estatal conocida como el Revised Code of Washington (Código Revisado de Washington, RCW).

Para aclarar, aplicar o hacer cumplir las leyes estatales, las agencias estatales pueden proponer y adoptar reglas o reglamentos. Estas reglas son el Washington Administrative Code (Código Administrativo de Washington, WAC). Visite el sitio web de la Legislatura del estado de Washington para leer la ley sobre peticiones de reglamentación. También puede leer la regla sobre peticiones de reglamentación.

La agenda de reglamentación del departamento (PDF, 159KB) describe tentativamente las reglas programadas para para acción.

Proceso básico de reglamentación

Utilizamos un proceso básico de reglamentación para adoptar una nueva regla o para modificar o revocar una regla existente.

Aviso de la intención de cambiar, adoptar o revocar una regla

Este primer paso en el proceso de reglamentación es una consulta previa a la notificación. Presentamos un formulario llamado CR-101 ante la Office of the Code Reviser (Oficina del Revisor del Código). Este explica lo siguiente:

  • Que estamos considerando adoptar o modificar una regla.
  • Por qué lo estamos considerando.
  • Qué autoridad tenemos para hacerlo.

El revisor del Código publica entonces el aviso en el Registro del estado de Washington. El registro se publica dos veces al mes y contiene todos los avisos de reglas de agencias estatales, avisos de reuniones públicas, órdenes ejecutivas del gobernador y reglas de la Corte Suprema del estado.

Enviamos copias de la consulta previa al aviso, ya sea de forma electrónica o en papel, a cualquier persona que la haya solicitado. También podemos enviar un borrador de la regla para su revisión y comentarios. En esta etapa, generalmente realizamos una o más reuniones públicas en línea donde las partes pueden brindar aportes sobre la regla. Tomaremos en consideración todos los comentarios que recibamos. Los comentarios nos ayudan a decidir si procedemos a seguir adelante con la reglamentación propuesta.

Redactar la regla nueva o revisada

Si decidimos seguir adelante con la reglamentación, redactaremos un borrador de la regla. Normalmente, el borrador pasa por varios cambios a medida que consideramos los comentarios que recibimos. En algunos casos, celebramos reuniones para analizar cualquier asunto relacionado con el borrador propuesto. También podríamos involucrar al público de otras maneras. Podríamos enviar encuestas, distribuir borradores a las partes interesadas y formar comités de redacción.

Casos que necesitan declaraciones especiales o más detalles

El proceso de redacción puede tardar desde varios meses hasta varios años en completarse. Durante este periodo, decidimos si la regla propuesta necesitará una declaración de impacto económico para las pequeñas empresas.

Necesitamos proporcionar una declaración de impacto económico de la pequeña empresa en los siguientes casos:

  • Una regla impondrá a las empresas o industrias algo más que costos menores.
  • El Comité Conjunto de Revisión de Reglas Administrativas del estado lo solicita.

Si fuera posible, debemos reducir los costos que la regla impone a las pequeñas empresas. Sin embargo, este requisito no se aplica a los costos impuestos por la legislación o una directiva de la ley.

Algunas reglas, llamadas “reglas legislativas significativas”, exigen que demos más detalles. Estas reglas requieren que expliquemos completamente por qué proponemos la regla, incluyendo un análisis de calidad y costo-beneficio.

Audiencias públicas sobre las reglas propuestas

Cuando hemos desarrollado una propuesta final de las reglas, presentamos un Aviso de propuesta de reglamentación (CR-102) y una copia de la regla propuesta ante la Oficina del Revisor del Código. El aviso y la regla propuesta se publican en el Registro del estado de Washington. El aviso incluye la fecha, la hora y el lugar de cualquier audiencia pública sobre la regla propuesta. Dependiendo del interés público, podríamos realizar múltiples audiencias. Celebramos todas las audiencias en línea.

En cada audiencia pública, un portavoz del ESD explicará la regla propuesta y el proceso de reglamentación. Cualquier persona puede realizar comentarios verbales o escritos. Puede enviar comentarios por escrito en la audiencia pública o en una fecha posterior que establezcamos. Después de la audiencia y la fecha límite para comentarios, consideramos los comentarios y realizamos cambios a la regla si es necesario. Si los cambios son importantes, puede que revisemos la regla redactada, presentar otro Aviso de reglamentación propuesta, enviar un nuevo aviso y celebrar más audiencias.

También preparamos un documento llamado Declaración explicativa concisa. Esta declaración resume todos los comentarios que hemos recibido. También explica nuestras razones para adoptar o no las sugerencias contenidas en la regla propuesta.

Adopción de la regla

Una vez que el ESD complete el proceso básico de reglamentación, adoptaremos la regla. La adopción de reglas no es un proceso público, pero consiste de la presentación de la regla definitiva, junto a la Resolución de reglamentación (CR-103), ante el revisor del Código. Las reglas, habitualmente, entran en vigor 31 días después de ser presentadas ante el revisor del Código. El revisor del Código publica la resolución y la regla definitiva en el Registro del estado de Washington. Habitualmente, luego enviamos un aviso a todas las partes interesadas.

Otros procesos de reglamentación

Reglamentación acelerada

A veces, podemos utilizar un proceso acelerado para adoptar, derogar o modificar reglas. Generalmente, este proceso está disponible si ocurren ambas cosas:

  • Presentamos un Aviso de reglamentación acelerada (CR-105) y el texto completo de la regla propuesta ante el revisor del Código para su publicación en el registro.
  • Enviamos un aviso a las partes interesadas, pero no se programa ninguna audiencia. Si alguien se opone al proceso acelerado, debe comentarlo dentro de los 45 días posteriores a la publicación. Si alguien se opone al proceso acelerado, debemos seguir el proceso básico de reglamentación, incluida una audiencia pública. Si nadie se opone durante el período de comentarios de 45 días, podemos adoptar la regla emitiendo una Resolución de reglamentación (CR-103).

Reglamentación de emergencia

Podemos utilizar un proceso de reglamentación de emergencia si necesitamos una regla antes de poder completar el proceso básico de reglamentación.

Por ejemplo, debemos determinar que necesitamos adoptar, modificar o derogar de inmediato una regla por alguno de los siguientes motivos:

  • Para preservar la salud pública, la seguridad o el bienestar general.
  • Porque la ley o regla estatal o federal, o una fecha límite federal para recibir fondos, así lo requiere.

Las reglas de emergencia no exigen aviso público ni una audiencia, pero, en la mayoría de los casos, haremos todo lo posible para obtener aportes de las partes interesadas antes de adoptar reglas de emergencia.

Las reglas de emergencia entran en vigor en la fecha en que se presentan ante el revisor del Código, a menos que se especifique otra fecha. Las reglas de emergencia pueden permanecer en efecto por hasta 120 días. El Departamento puede volver a presentar la regla de emergencia si ha comenzado el proceso básico de reglamentación y las reglas no son definitivas antes de que transcurran los 120 días.

Cómo participar en nuestra reglamentación

Puede participar de dos maneras.

Registrarse para recibir actualizaciones

Regístrese para recibir actualizaciones de reglamentación sobre avisos y solicitudes de comentarios. Envíe comentarios y asista a audiencias sobre los temas que le interesan.

Enviar una solicitud de reglamentación

Cualquier persona puede presentar una petición para que adoptemos, modifiquemos o revoquemos una regla.

Envíe una carta o utilice este formulario de petición en el sitio web de la Office of Financial Management (Oficina de Administración Financiera) (PDF, 553,11 KB). Las preguntas del formulario le ayudarán a hacerse una idea de las razones comunes por las que las personas presentan peticiones. Envíe la petición al coordinador de reglas del ESD a rules@esd.wa.gov.

Tenemos 60 días para aceptar la petición o rechazarla. Si la aceptamos, seguiremos el proceso básico de reglamentación. Si rechazamos la solicitud, nos pondremos en contacto con usted por escrito. Le indicaremos las razones por las que rechazamos su petición y abordaremos sus inquietudes. Si es apropiado, también le explicaremos cualquier forma alternativa en que planeamos abordar sus preocupaciones.