Cómo certificamos la FUTA
La FUTA cubre servicios de desempleo, capacitación y búsqueda de empleo en todo Estados Unidos. Cada año, analizamos los sueldos que usted declara al IRS en uno de los siguientes:
- Formulario 940.
- Formulario 1040 Anexo H.
Los comparamos con los sueldos que usted declara a Washington para fines del seguro de desempleo. Utilizamos esto para certificar lo siguiente:
- Su tasa fiscal.
- El importe del sueldo sujeto a impuestos.
- La cantidad de impuestos que cada empleador pagó dos años antes. (Por ejemplo, enviamos datos de 2013 al IRS en 2015).
Si encontramos discrepancias, no podremos certificar la FUTA. Si esto sucede, el IRS se comunicará con nosotros para solicitar una recertificación o con usted directamente. Puede solicitarnos una recertificación para enviar esta información al IRS.
Cómo evitar problemas con la FUTA
La mayoría de los problemas ocurren cuando usted no nos notifica un cambio en uno de los siguientes:
- Su estructura o entidad empresarial.
- Employer Identification Number (Número de identificación del empleado, EIN) federal.
Su EIN debe coincidir con lo que tenemos en nuestros archivos de impuestos y sueldos. Si no coincide, le cobraremos la tasa de la FUTA máxima, dependiendo de sus pagos de impuestos al estado.
Solicitar certificación o recertificación de la FUTA
Las solicitudes de certificación o recertificación de la FUTA en Washington deben realizarse por escrito. Deben incluir todo lo siguiente:
- Su nombre.
- Un número de teléfono para comunicarnos con usted.
- El año que está recertificando.
- La primera página del aviso del IRS que recibió, si corresponde.
Puede enviar su solicitud utilizando uno de los siguientes métodos.
Envíe su solicitud por correo electrónico
Envíenos un correo electrónico a EmployerAccountsTaxESD@esd.wa.gov.
Envíe su solicitud por correo postal
Envíe el correo a:
Employment Security Department
UI Tax and Wage Administration/Employer Accounts
PO Box 9046
Olympia, WA 98507-9046
Obtenga más información sobre los impuestos de la FUTA
Visite la página web del IRS sobre el Formulario 940. El IRS publicará información sobre cualquier cosa que afecte al Formulario 940, como, por ejemplo, legislación futura.