Grupos con reglas especiales

Conozca los requisitos específicos para reclamar beneficios por desempleo si era un empleado federal, un directivo o un empleado educativo.

Empleados federales

Puede ser elegible para recibir beneficios si fue un empleado federal en los últimos 18 meses y cumple alguno de los siguientes requisitos:

  • El lugar de destino oficial de su último empleador federal se encontraba en Washington.
  • Actualmente, es residente de Washington y cumple una de las siguientes condiciones:
    • Es ciudadano de EE. UU. y su lugar de destino oficial se encontraba fuera de EE. UU.
    • Ha trabajado en Washington después de su último empleador federal.

Qué necesitan los empleados federales al solicitar beneficios

Asegúrese de tener los siguientes formularios y datos antes de solicitar beneficios.

Formularios de desempleo para empleados federales

Recibirá los siguientes formularios de su empleador civil federal.

En el Standard Form 8 (Formulario estándar 8, SF8) (PDF, 340 KB), Notice to Federal Employees about Unemployment Insurance (Aviso para los empleados federales sobre el seguro de desempleo), puede encontrar:

  • El nombre de la agencia o del empleador civil federal (del formulario SF8 o de la casilla 46 del formulario SF50).
  • El código de agencia federal de 3 dígitos de su empleador (del formulario SF8 o de la casilla 47 del formulario SF50).

En el Standard Form 50 (Formulario estándar 50, SF50) (PDF, 185 KB), Notice of Personnel Action (Aviso de acción del personal), puede encontrar:

  • Su cargo (casilla 7 del formulario SF50).
  • El estado o país de su último lugar de destino oficial (casilla 39 del formulario SF50).
  • El nombre de la agencia o del empleador civil federal (del formulario SF8 o de la casilla 46 del formulario SF50).
  • El código de agencia federal de 3 dígitos de su empleador (del formulario SF8 o de la casilla 47 del formulario SF50).

Detalles sobre su empleo anterior

  • Fechas de inicio y finalización.
  • Tarifa salarial por hora y pago mensual bruto.

Licencia administrativa

Mientras esté bajo licencia administrativa, todavía se le considera empleado. Si le pagan o si recibirá un pago retroactivo por su licencia, es posible que no sea elegible para recibir beneficios. Si luego pierde su trabajo por causas ajenas a su voluntad, podría ser elegible.

Oferta de renuncia aplazada en el gobierno federal

Recientemente, a los empleados federales se les dio la opción de renunciar con pago hasta el 30 de septiembre de 2025. Si usted aceptó esta oferta, seguirá siendo empleado hasta que termine este período. Después, es posible que pueda solicitar beneficios. Debido a que aceptó la renuncia aplazada, usted renunció. Debe demostrar que intentó conservar su trabajo a menos que hacerlo fuera inútil.

Requisito federal de regreso a la oficina

Si perdió su trabajo porque no cumplió o no pudo cumplir con el requisito de regreso a la oficina, podría ser elegible para recibir beneficios. Si renunció, debe demostrar que intentó conservar su trabajo a menos que hacerlo fuera inútil. Podría ser elegible si fue contratado como empleado remoto a tiempo completo. Si lo despidieron, necesitamos saber si fue por mala conducta.  

Si no está seguro si es elegible, presente su solicitud de todas maneras. Revisaremos su solicitud y determinaremos si califica.

Empleadores del sector privado que tienen contrato con el gobierno federal

Si trabajó para un empleador del sector privado que tenía un contrato con el gobierno federal y perdió su trabajo por causas ajenas a su voluntad, podría ser elegible para recibir beneficios. No necesitará los formularios estándar 8 o 50 al presentar la solicitud.

Obtenga ayuda para personas que buscan empleo en WorkSource (Fuente de Empleo)

El personal de los centros de WorkSource en todo el estado puede ayudarle a encontrar un trabajo, ponerlo en contacto con cursos de capacitación y mucho más. Utilice el localizador de WorkSource en el sitio web de WorkSource para buscar un centro cerca de su área.

Directivos

Por lo general, los directivos no cuentan con la cobertura del seguro de desempleo en Washington. Sin embargo, puede ser elegible para recibir beneficios en los siguientes casos:

  • Si la empresa le ofreció cobertura de forma voluntaria.
  • Si no posee al menos un 10% de acciones en la empresa.
  • Si no está vinculado con otro directivo que posea al menos un 10% de acciones en la empresa.
  • Si obtiene menos del 25% de sus sueldos de año base de la empresa.
  • Si renuncia o se lo aparta de su cargo de directivo de forma permanente.

Requisitos para la cobertura voluntaria

Si su empresa ofrece cobertura voluntaria, debemos aprobarla. Aunque tenga una cobertura aprobada, es posible que no sea elegible para recibir beneficios.

Empleados educativos

Los empleados educativos suelen tener recesos entre los períodos de empleo. Su empleador le dará una 'garantía razonable' si es probable que continúe trabajando después de un período de receso tradicional (por ejemplo, después de un receso de verano). En virtud de la ley federal, esto significa que puede no ser elegible para recibir beneficios por desempleo.

Si no cuenta con una garantía razonable, es posible que sea elegible para recibir beneficios.

Definición de 'empleado educativo'

Un empleado educativo es aquel que trabaja en cualquier nivel de educación, como K-12 y la educación superior. Esto incluye las siguientes profesiones, entre otras:

  • Maestros.
  • Administradores.
  • Directores.
  • Bibliotecarios.
  • Conductores de autobús.
  • Conserjes.
  • Profesores.

Elegibilidad para empleados educativos

Si es un empleado educativo, le haremos tres preguntas para decidir si es elegible para recibir beneficios:

  • ¿Su situación cumple con todos los prerrequisitos indicados a continuación?
    • Recibió una oferta de trabajo de una persona con la autoridad correspondiente (puede ser verbal, escrita o implícita).
    • Su empleo después del receso mantiene el mismo carácter que el que tenía antes de dicho receso.
    • Trabaja en el mismo tipo de institución que antes del receso.
    • La remuneración de su empleo después del receso es de al menos el 90% de los sueldos que obtenía en el año o período académico anterior.
  • ¿Tiene un contrato válido?
  • ¿Cuenta con una garantía razonable de que seguirá trabajando después de un período de receso?

Si la respuesta a todas estas preguntas es 'no', es posible que sea elegible para recibir beneficios.

Empleados educativos con varios empleadores

Si tiene varios empleadores, solo puede solicitar beneficios durante períodos de receso utilizando los sueldos de los empleadores que no le hayan dado una garantía razonable.

Empleados educativos que renuncian de forma voluntaria

Si cuenta con una garantía razonable de que seguirá trabajando después de un receso programado, es posible que no sea elegible para recibir beneficios si renuncia de manera voluntaria.

Leyes y reglas de Washington sobre los empleados educativos