Sanciones por reportes incompletos
Si usted hace constantemente uno de los siguientes errores en sus reportes de impuestos del desempleo, tendrá que pagar una sanción.
- Registro de reports incompletes
Cada trimestre, debe incluir toda la información requerida en su reporte de impuestos del desempleo; números de seguro social, horas trabajadas y sueldos de cada empleado. - Registro en en el formato equivocado
Debe utilizar el formato que proporcionamos. Nuestro sistema de escaneo no puede leer otros formatos, ni copias por lo que toda información se manualmente al sistema.
Sanciones
La primera vez que registre su reporte en el formato equivocado o está incompleto, le enviaremos un aviso como advertencia. Después de eso, le cobraremos una sanción si comete cualquiera de errores mencionados.
2da ofensa
Si debe impuestos:
10% de los impuestos que debe, pero no menos de $75 ni más de $250
Si no debe impuestos:
$75
3ra ofensa
Si debe impuestos:
10% de los impuestos que debe, pero no menos de $150 ni más de $250
Si no debe impuestos:
$150
4ª ofensa o subsiguientes
Si debe impuestos:
$250
Si no debe impuestos:
$250
Sanciones adicionales
Evite sanciones
Si registra sus impuestos en forma electrónica tiende a cometer menos errores. Cuando faltan datos, el sofware lo resalta por lo que se elimina el riesgo de utilizar el formato equivocado.
Otras sanciones
También tendrá que pagar una sanción si registra un reporte o pago tardío. Otras sanciones aplican cuando; a sabiendas se mal representa la nómina (vea RCW 50.12.220(3)), por fallar al mantener los archivos requeridos (vea RCW 50.12.070(3)), y cuando a sabiendas no se registra con nosotros cono lo requiere la ley (vea RCW 50.12.072).
Condonaciones
Vea cómo pedir condonación
Leyes y reglamentos (en inglés)
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