Denegación de beneficios y apelaciones

Si no está de acuerdo con la decisión que tomamos sobre sus beneficios por desempleo, puede apelar esa decisión.

La mejor forma de hacerlo es a través de eServices. Después de iniciar sesión, seleccione la pestaña de Estado de la "Decisión", busque la decisión que desea apelar y elija "Apelar". Es posible que le pidamos información adicional sobre su reclamo.

¿Qué puedo apelar?

Algunos ejemplos de las decisiones que puede apelar incluyen:

  • Una decisión final de su beneficio;
  • Una decisión que deniega o reduce sus beneficios;
  • Una decisión que deniega su solicitud de capacitación;
  • La razón de un sobrepago;
  • La cantidad del sobrepago;
  • La determinación de que usted causó el sobrepago;
  • La denegación de su solicitud de condonación de un sobrepago de beneficios.

Procesamos las apelaciones en el orden en que se reciben.

Debe apelar dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que enviamos la decisión. Si no apela dentro de los 30 días, debe explicar por qué está apelando tarde. Si no demuestra que hubo una buena razón para presentar la apelación tarde, la Oficina de Audiencias Administrativas (Office of Administrative Hearings, OAH) puede descartar su caso por tardío. La OAH es una agencia separada del Departamento para la Seguridad del Empleo que es responsable de resolver de manera independiente las disputas administrativas.

Si presenta una apelación a tiempo, los cobros de los sobrepagos que resulten de esta decisión se retrasarán hasta que se conozca el resultado de su audiencia.

¿Cómo apelo?

La mejor forma de apelar es en línea. Inicie sesión en su cuenta de eService, seleccione el reclamo que dice denegado, luego seleccione la pestaña de Estado de la “decisión”, busque la decisión que desea apelar y elija “Apelar”.

También puede usar nuestro formulario de apelación en inglés y español o escribir una carta solicitando una apelación y enviarla por fax al 800-301-1795 o por correo postal a la siguiente dirección:

Claims Center Appeals

P.O. Box 19018
Olympia, WA 98507-0018

Su solicitud debe incluir:

  • Su nombre
  • Su número de seguro social
  • Qué decisión está apelando (la razón por la que se le denegó/descalificó)
  • La fecha de la decisión
  • Por qué no está de acuerdo con la decisión
  • Registros que cree que deberíamos considerar al tomar nuestra decisión
  • Nombres de los testigos que le gustaría que estuvieran presentes en su audiencia;
  • Si necesita un intérprete, díganos en qué idioma lo necesita (esto incluye intérpretes de lenguaje de señas estadounidense)
  • Si presentó su apelación después de la fecha límite, debe explicar por qué la presentó tarde; y
  • Su firma

No puede apelar por teléfono o por correo electrónico.

Los empleadores también pueden apelar

Su último empleador, cualquier empleador del año base o cualquier empleador del que rechazó una oferta de trabajo también tiene derecho a apelar cualquier decisión por escrito que le enviemos sobre sus beneficios por desempleo.

 

¿Qué pasará después?


Proceso de apelaciones del seguro de desempleo

Proceso de apelaciones del seguro de desempleo – Servicio al cliente/Oficina de Audiencias Administrativas (OAH)

El Departamento para la Seguridad del Empleo (ESD, por sus siglas en inglés) envía la carta de decisión > El reclamante o el empleador solicita una apelación > ESD revisa y puede cambiar la decisión. Si no lo hace, ESD envía la apelación a la OAH > La OAH programa una audiencia > La OAH lleva a cabo la audiencia > El juez dicta una orden inicial > La orden inicial se envía por escrito a todas las partes interesadas > ESD recibe la orden inicial > ESD procesa la orden y actualiza la información en eServices (La orden de la OAH se puede apelar. Consulte la orden para obtener instrucciones.)


Primero, revisaremos cualquier información nueva que nos proporcione en su solicitud de apelación.

Si revertimos o modificamos nuestra decisión original.

Es posible que tomemos una nueva decisión sobre los beneficios para algunas o todas las semanas incluidas en su apelación. Si tomamos una nueva decisión, recibirá una nueva carta de determinación y se cerrará su apelación. Si usted o su empleador aún no están de acuerdo con la decisión, deberán presentar una nueva apelación.

Si no podemos cambiar el resultado de la decisión

Enviaremos su apelación a la OAH. Ellos le avisarán por correo electrónico o correo postal cuando la reciban. Si sus datos de contacto cambian, avísele a la OAH y a ESD para que los actualicen.

Después, la OAH:

  • Asignará un juez de derecho administrativo para que escuche su caso.
  • Programará una audiencia telefónica.
  • Enviará un “Aviso de audiencia” con la fecha, la hora y las instrucciones para la audiencia. Usted tendrá que llamar por teléfono.
  • Enviará copias de su expediente a todas las partes involucradas en su apelación. Estas partes lo incluyen a usted, sus testigos y cualquier empleador interesado.

Después de que reciba el Aviso de audiencia, puede usar el Portal del participante de la OAH para realizar un seguimiento del estado de su apelación. Encuentre instrucciones en oah.wa.gov en Administrar mi caso.

Si no recibió un Aviso de audiencia, pero cree que la OAH recibió su apelación, comuníquese con el Centro de llamadas de la OAH al 800-366-0955.

Si tienes información adicional

Mientras su apelación está pendiente, aún puede resolver el asunto colaborando con ESD. Podemos hacer una redeterminación hasta 48 horas antes de su audiencia. Debido a la acumulación de apelaciones, podría resolver su problema más rápido si colabora con ESD.

Si necesita ayuda legal gratuita

Puede contratar a un abogado. Si no puede pagar un abogado, es posible que haya representación gratuita o de bajo costo disponible. Aquí están algunos recursos:

  • Oficina de Ayuda Legal Civil (OCLA) - Página web de OCLA (en inglés)
  • Proyecto de Ley del Desempleo (Unemployment Law Project): llame sin costo al 888-441-9178 o visite la página web unemploymentlawproject.org
  • CLEAR (es parte del Proyecto de Justicia del Noroeste (Northwest Justice Project)): llame sin costo al 888-201-1014 o en línea en nwjustice.org/get-legal-help
  • Es posible que el colegio de abogados de su condado local pueda ayudarle.

Qué esperar de su audiencia

El juez le pedirá que dé su testimonio bajo juramento.  Puede hacerles preguntas a los testigos y presentar pruebas o testimonios para respaldar su caso. Es posible que se examine su disponibilidad para trabajar y buscar trabajo, así que tenga sus registros de búsqueda de trabajo disponibles para su audiencia. 

Si no se presenta a la audiencia, el juez puede denegar su apelación.

Qué pasa después de la audiencia:

De acuerdo con la evidencia y el testimonio de la audiencia, la OAH emitirá una orden inicial. Nos la enviará electrónicamente dentro de los cinco días posteriores a la audiencia y actualizaremos su reclamo después de recibir la orden inicial. El proceso generalmente se completa dentro de una semana después de que recibimos la orden inicial.

Si la Orden inicial es a su favor

Si apeló una denegación de beneficios, se le pagarán las semanas afectadas.

Si sus beneficios se denegaron por varias razones afectando las mismas semanas, no se le pagarán esas semanas. Sería necesario que apelara todas las denegaciones de esas mismas semanas.

Si originalmente se creó un sobrepago para las semanas en las que se le pagaron los beneficios y la orden inicial es a su favor, el sobrepago se resolverá.

Todas las partes interesadas tienen derecho a solicitar otra apelación si no están de acuerdo con la orden inicial del juez. La Orden inicial del juez incluye instrucciones para apelar.

Si la Orden inicial es no es a su favor

Puede presentar una Petición de revisión con el Comisionado del Departamento para la Seguridad del Empleo (en inglés). Las instrucciones para presentar la Petición de revisión se incluyen en la Orden inicial. 

Preguntas frecuentes sobre apelaciones

P: ¿Puedo presentar una apelación para todas las cartas de determinación en las que me denegaron beneficios?

R: Si presenta su apelación en eServices, no puede hacer esto. Debe seleccionar cada determinación que desee apelar y proporcionar cualquier información nueva que quiera que consideremos. Si nos envía su apelación por fax o correo, debe enumerar todas las determinaciones que desea apelar por el número de identificación de la carta (ID letter) e incluir cualquier información nueva para cada determinación, para que podamos revisar cada una.

P: ¿Qué es una redeterminación?

R: Una redeterminación ocurre cuando usamos información nueva para cambiar nuestra decisión original. Revisamos cada solicitud de apelación para redeterminar nuestra decisión antes de enviarla a la OAH para programar una audiencia. Dependiendo de la información nueva que proporcione con su apelación, podemos cambiar nuestra decisión de denegar su reclamo.

P: ¿Puedo solicitar una redeterminación además de presentar una apelación?

R: No es necesario que haga esto. Solo necesita apelar. Revisamos su apelación para una posible redeterminación antes de enviarla a la OAH para una audiencia. Si no podemos cambiar nuestra decisión sobre sus beneficios, enviaremos su apelación a la OAH para una audiencia.

P: ¿Debería seguir registrando mi reclamo semanal mientras está considerando mi apelación para una redeterminación?

R: Sí, debe seguir registrando sus reclamos semanales por cada semana que desee recibir beneficios. Si la decisión de la apelación es a su favor, se le pagarán las semanas para las que afirmó que es elegible. No se le pagarán las semanas que no reclamó. Si su empleador apela su derecho a los beneficios y la decisión de la apelación es en su contra, tendrá que devolver los beneficios que recibió.

P: ¿Se consideran todas las apelaciones para una redeterminación?

R: Sí. Si proporciona información nueva, la consideraremos para redeterminar nuestra decisión original antes de enviarla a la OAH para una audiencia.

P: ¿Qué tipo de información nueva se utiliza para hacer una redeterminación?

R: Consideraremos cualquier información nueva que proporcione que sea relevante para la determinación que está apelando. Esto puede incluir documentos de verificación de identidad o información de salarios que quizás no proporcionó antes de nuestra decisión.

P: ¿Tendré la oportunidad de que me entrevisten o de proporcionar documentos nuevos?

R: Cuando apele, debe proporcionarnos cualquier información o documentos nuevos que puedan cambiar el resultado de nuestra determinación. Puede ser que nos comuniquemos con usted para obtener más información. En la audiencia, el juez le pedirá que dé su testimonio bajo juramento.

P: Cuando una solicitud de apelación se redetermina, ¿se aprueban los beneficios?

R: Depende del problema que se redetermina y de la nueva información proporcionada. Si está apelando varias determinaciones y no podemos redeterminarlas todas, enviaremos la solicitud de apelación a la OAH.